Según la normativa actual vigente, se deben de acometer medidas de actuación frente al polvo de SCR tales que no permitan la salida del mismo al ambiente, es decir actuando sobre el foco. En caso que no sea técnicamente posible se debe de garantizar que el nivel de exposición de los trabajadores se reduzca a un nivel tan bajo como sea técnicamente posible.
Para conseguirlo se debe de actuar por orden de preferencia en el FOCO, MEDIO Y SOBRE EL TRABAJADOR tal y como se exige en los principios de la actividad preventiva incluidos en el artículo 15 de la LPRL 31/1995.
Pretenden la eliminación o reducción del riesgo en el mismo origen en el que se genera.
- Rediseño del proceso.
- Aislamiento o confinamiento.
- Métodos húmedos.
- Extracción localizada.
Ejemplo: Aspiración localizada para el control del polvo en el foco de emisión. Diseño de planta.
Ejemplo: Cintas transportadoras cubiertas para evitar la salida del polvo en el transporte del material.
Modifican las condiciones de transmisión y propagación entre la fuente y los trabajadores expuestos.
- Orden y limpieza.
- Ventilación general.
- Barrera física.
- Aumento de distancia.
Ejemplo: riego de pistas para evitar el polvo en el ambiente. | Ejemplo: nebulizadores de polvo en machacadora. |
Limitan la exposición de los trabajadores a los riesgos generados.
- Información.
- Formación.
- Tiempo de exposición.
- Higiene personal.
- Vigilancia de la salud.
- EPI’s (Real Decreto 773/1997).
En cuanto a la protección individual, se recomienda salvo criterio contrario y justificado del servicio de prevención, emplear mascarillas con grado de protección FFP3 (el técnico de PRL con especialidad en higiene industrial y cumpliendo los requisitos recogidos en el apartado de Cualificación del técnico de PRL estudiará la idoneidad del equipo de protección respiratoria).
El empresario, en toda actividad en que exista un riesgo de contaminación por agentes cancerígenos o mutágenos, deberá adoptar las medidas necesarias para:
- Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.
- Proveer a los trabajadores de ropa de protección apropiada o de otro tipo de ropa especial adecuada.
- Disponer de lugares separados para guardar de manera separada las ropas de trabajo o de protección y las ropas de vestir.
- Disponer de un lugar determinado para el almacenamiento adecuado de los equipos de protección y verificar que se limpian y se comprueba su buen funcionamiento, si fuera posible con anterioridad y, en todo caso, después de cada utilización, reparando o sustituyendo los equipos defectuosos antes deun nuevo uso.
- Disponer de retretes y cuartos de aseo apropiados y adecuados para uso de trabajadores.
Los trabajadores dispondrán, dentro de la jornada laboral, de diez minutos para su aseo personal antes de la comida y otros diez minutos antes de abandonar el trabajo.
Ejemplo: Utilización de equipos de protección respiratoria. | Ejemplo: Vigilancia de la salud. |